| El siguiente conjunto
de términos y definiciones, reflejan
conceptualmente una serie de trámites u
operaciones a los efectos de brindar a los
usuarios de GNC un acercamiento a la terminología
que se utiliza en esta actividad.
Baja de
componentes:
Operación que consiste en el desmontaje del equipo
completo o de alguna de sus partes motivada por
cuestiones de seguridad, para no volver a
instalarlo o habilitarlo en ningún vehículo.
Carta
compromiso de conformidad:
Documento por el cual el propietario autoriza la
destrucción del cilindro, su válvula, o ambos,
previo a su revisión, en caso que no cumpliera/n
en forma satisfactoria con los requerimientos que
indica la normativa vigente del ENARGAS.
Cédula de
Identificación del equipo para GNC (Tarjeta
amarilla):
Credencial plastificada emitida por el PEC para
ser entregada al usuario, que certifica la
autenticidad de los datos y que el equipo de
conversión instalado en el automotor cumple con
las normas vigentes del ENARGAS. Asimismo, indica
los datos del vehículo, N° de oblea,
características identificatorias del regulador de
presión, cilindros, N° del TdM, y fecha de
vencimiento de la habilitación. Es renovable
simultáneamente con la Oblea de Vigencia de la
Habilitación y con la Ficha Técnica.
Centros de
Revisión Periódica de Cilindros para GNC (CRPC):
Persona física o jurídica con suficiente
responsabilidad civil, técnica, económica y
financiera, que realiza la revisión del cilindro
para GNC de acuerdo con la normativa vigente en la
materia.
Código de
homologación (Código):
Designación alfanumérica que permite identificar
la marca y el modelo de un componente del equipo
completo para GNC.
Código de
CRPC:
Designación que identifica a un CRPC inscripto en
el Registro de Matrícula Habilitante del ENARGAS.
Código de PEC:
Designación numérica que identifica a un PEC
inscripto en el Registro de Matrícula Habilitante
del
ENARGAS.
Código de TdM:
Código alfanumérico que identifica unívocamente a
un TdM.
Conversión:
Operación que consiste en instalar y habilitar un
equipo completo para GNC para que el vehículo
automotor pueda utilizar gas natural como
combustible.
Desmontaje:
Operación que consiste en retirar de un automotor,
el equipo completo o alguno de sus componentes, a
efectos de reinstalarlo en otro automotor. Cuando
se trate del desmontaje del equipo completo, se
consignará en la ficha técnica la operación de
Baja.
Equipo
Completo para GNC:
Conjunto de componentes que se instalan en el
vehículo automotor con el fin de propulsarlo con
gas natural.
Está constituido por:
-
Cilindro de almacenamiento del GNC
-
Reductor de presión
-
Válvula de carga
-
Válvula de bloqueo del cilindro
-
Dosificador/Mezclador aire-gas
-
Tubería alta presión y sus accesorios
-
Electroválvulas para nafta y gas natural
-
Dispositivo de sujeción del cilindro
-
Llave
conmutadora
-
Sistema de venteo
-
Electrónica específica según marca y modelo del vehículo
Ficha Técnica
del equipo para GNC (Ficha Técnica):
Documento en tres ejemplares asignado a
un equipo completo que ha sido montado,
modificado, revisado, desmontado o dado de baja,
bajo la responsabilidad de un PEC, quien certifica
la autenticidad de los datos y que la operación
indicada cumple con las normas correspondientes.
Renovable simultáneamente con la oblea de vigencia
de la habilitación y con la cédula de
identificación del equipo para GNC asociadas a
dicha Ficha Técnica.
Gas Natural
Comprimido (GNC):
Mezcla de hidrocarburos en estado gaseoso,
compuesta principalmente por metano, almacenada en
automotores a una presión normal máxima de trabajo
de 200 bar a 21 ± 1°C.
Modificación:
Operación que consiste en:
En ambos casos, dentro del período de vigencia
de la revisión anual.
Oblea de
Vigencia de la Habilitación (Oblea):
Etiqueta autoadhesiva especial, numerada, entregada por ENARGAS a los PEC para adherir en la parte superior derecha del parabrisas del vehículo convertido, modificado o revisado, luego de ser verificadas las correctas condiciones del equipo completo instalado, para su uso con GNC, por parte de los TdM habilitados, en la que se distingue el mes en que caduca la habilitación del equipo completo; renovable simultáneamente con la ficha técnica y la tarjeta amarilla.
Señor Usuario, sin este elemento vigente
adherido al parabrisas, no se podrá cargar GNC en
las Estaciones de Carga habilitadas.
Mediante el dictado de la Resolución Nº 139/95,
con las modificaciones introducidas por la
Resolución N° 2603, el ENARGAS instrumentó
procedimientos a ser cumplimentados dentro del
sistema de GNC a efectos de identificar a los
vehículos habilitados dentro de condiciones de
seguridad y conforme a la normativa vigente que
garanticen la seguridad pública, y reviste
carácter de documento público.
Por Resolución ENARGAS N° 197/95, se estableció
que los responsables por el expendio del GNC
deberán verificar, en forma previa a la carga, que
los vehículos propulsados con dicho combustible,
exhiban en el extremo superior derecho de su
parabrisas, la oblea de vigencia de la
habilitación del equipo para GNC de uso
obligatorio.
Operación:
Se entiende por operación, ya sea una conversión,
revisión anual, modificación, desmontaje, baja o
reinstalación.
Organismo de
Certificación:
Entidad acreditada por el ENARGAS para la
planificación, coordinación, administración y
ejecución integral de los trabajos relacionados
con la aprobación y certificación de la calidad de
los productos para la industria del gas,
garantizando el cumplimiento en los aspectos
técnicos, de eficiencia, seguridad, uso racional
de la energía y conservación del ambiente, de las
normas que el ENARGAS decida aplicar.
Productor de
Equipos Completos para GNC (PEC):
Persona física o jurídica con suficiente
responsabilidad civil, técnica, económica y
financiera que:
-
arma
el equipo completo para uso del GNC en
automotores y lo hace aprobar en un Organismo de
Certificación reconocido por el ENARGAS,
-
habilita la operación y emite la documentación
correspondiente, de acuerdo con la normativa
vigente, y
-
capacita y controla los TdM por él habilitados.

Reinstalación:
Operación que consiste en la modificación, o
conversión de un vehículo automotor, con un equipo
completo para GNC o alguna de sus partes que
fueron desmontadas de otro vehículo.
Revisión
anual:
Operación que consiste en la verificación,
mediante exámenes obligatorios programados, de las
condiciones necesarias para considerar segura y
eficiente la instalación y el funcionamiento del
equipo completo instalado, sobre la base de la
normativa vigente, y su posterior habilitación por
el término de un año.
SICGNC:
Sistema Informático Centralizado de GNC del
ENARGAS.
El propietario del equipo para GNC podrá ingresar
a dicho sistema a través de este sitio de
Internet, exclusivamente con el número de
documento.
Taller de
Montaje (TdM):
Persona física o jurídica, con suficiente
capacidad técnica para efectuar las operaciones,
de acuerdo con el procedimiento y capacitación
recibida por parte del PEC que lo habilitó y con
el cual está vinculado contractualmente, sobre la
base de la normativa vigente.

Somos el principal TdM de Argentina
Trazabilidad:
Aptitud de reconstruir la historia, la utilización
o la localización de un componente del equipo
completo para GNC, por medio de identificaciones
registradas.

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